October 21, 2024

Elecciones Nacionales - Tiempo libre para votar

Tiempo libre para ejercer el derecho al voto

De acuerdo a la legislación electoral, las empresas deben conceder un plazo no menor de dos horas para que sus trabajadores dependientes concurran a votar en oportunidad de las Elecciones Nacionales del próximo domingo 27 de octubre, sin descuentos en el salario.

Es importante destacar que la ley establece este plazo como mínimo, por lo tanto, si por razones justificadas el empleado necesita más de ese tiempo para cumplir con su deber cívico, la empresa deberá conceder el tiempo adicional necesario.


Legislación aplicable: 

El artículo 190 de la Ley de Elecciones Nº 7.812 de 16/01/1925 (con el texto dado por artículo 94 de la Ley N.º 17.113 de 09/06/99) establece:

"Los funcionarios públicos, propietarios, directores y administradores de establecimientos comerciales o industriales y todo patrono, deberán conceder a los inscriptos habilitados para votar, que estén bajo su dependencia, un término no menor de dos horas para que concurran a votar en sus respectivos circuitos, sin perjuicio de los haberes o jornales que les correspondan."


Contralor de la obligación de votar por las empresas

Las empresas y organismos públicos tienen la obligación de controlar el ejercicio de la obligación del voto por parte de sus empleados, a partir de los 120 días posteriores a la elección. Si no se efectúa este contralor, los responsables pueden ser sancionados con multas que alcanzan hasta el 10% del sueldo nominal de los empleados.


Comentarios

El objetivo de la sección de comentarios es generar un intercambio positivo y enriquecedor entre los participantes. Todo mensaje publicado expresa únicamente la opinión de su autor, y no necesariamente refleja las opiniones/posiciones de Guía Práctica del Administrador, ni las de cualquier otro participante.