October 14, 2024

CJPPU - Instrumentación de refinanciación de adeudos


La Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU) comunicó la forma de instrumentación del régimen especial de refinanciación de adeudos establecido por la Ley Nº 20.334 de 13/09/2024. Al respecto se dispuso: 

  • Condiciones y plazo para profesionales que decidan pagar al contado su deuda u opten por refinanciación en hasta 120 cuotas.
  • Plazo para pago contado o convenio de refinanciación para quita en deudas por timbres profesionales.
  • Consecuencias contraídas por no regularizar deudas vigentes.

> Ampliar sobre el régimen de refinanciación de adeudos de CJPPU establecido por la Ley 20.334 de 13/09/2024 en: Informe de GPA de 19/09/2024 

A continuación detallamos la forma de instrumentación comunicada por CJPPU:

  • Pago contado con descuentos adicionales:

Los profesionales que opten por cancelar sus deudas en un único pago podrán acceder a tasas de financiación más favorables, dependiendo de la antigüedad del inicio de la deuda y la edad del afiliado al momento del pago. 

Plazo para el pago contadoLos profesionales que decidan cancelar la deuda al contado tendrán plazo hasta el 1° de abril de 2025.


  • Refinanciación en hasta 120 cuotas:

Aquellos profesionales que prefieran financiar su deuda podrán acceder a convenios de pago en hasta 120 cuotas mensuales. El importe adeudado será calculado con la actualización basada en la variación del Índice Medio de Salarios Nominales (IMSN), incrementada por una tasa de interés del 4% anual, y una tasa interés por financiación del 4% anual.

Plazo para el pago en cuotas: Aquellos profesionales que decidan suscribir convenios de pago en hasta 120 cuotas tendrán plazo hasta el 3 de octubre de 2025.


  • Opción de bajar de categoría en forma retroactiva:

Los profesionales que se encuentren en categoría 3 o superior también podrán optar por bajar de categoría en el régimen de aportes, ajustando los meses adeudados así como sus aportes futuros a una categoría inferior. Esta opción podrá ser realizada por única vez y no otorga derecho a la devolución de las diferencias monetarias por montos previamente abonados.


  • Quitas en deudas de timbres profesionales:

La Ley N° 20.334 establece facilidades para regularizar las deudas relacionadas con timbres profesionales, con descuentos especiales para los contribuyentes que se encuentren en esta situación y paguen su deuda al contado o en convenios de hasta 6 cuotas mensuales.

Este régimen es de aplicación exclusiva para aquellos adeudos generados en períodos anteriores al 04/10/2024.

Pago contadoAquellos contribuyentes que decidan cancelar la deuda al contado, disponen del plazo hasta el 1° de abril de 2025.

Convenios de refinanciaciónEn el caso de convenir una refinanciación, tendrán plazo hasta el 1° de abril de 2025.


Trámite

Se deberá ingresar al siguiente link, hacer click en el ítem "Trámite" y seleccionar la opción "CONSULTA". En el ítem siguiente "Asunto", deberá seleccionar "COBRANZA Y PAGOS - CONSULTA".

Luego en el menú desplegable "Tema", corresponde seleccionar "Convenios de refinanciación - CONSULTA".

Para finalizar, deberá completar el formulario con los datos correspondientes y presionar "Enviar".


Consecuencias de no regularizar las deudas

Se estableció que la no regularización de deudas dentro de los plazos establecidos implica que estas continuarán generando intereses y recargos acumulativos. Además, los afiliados que no regularicen su situación no podrán acceder a beneficios como la jubilación, pensión, ni subsidios hasta que la deuda sea regularizada.

Por otro lado, también podrán enfrentar acciones legales de cobro, incluyendo embargos de bienes y cuentas bancarias.


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