Exoneración de IVA a los sensores electrónicos con collar para bovinos
El literal G) del numeral 1º del artículo 19 del Título 10 del TO-1996 exonera del IVA a los bienes a emplearse en la producción agropecuaria y materias primas para su elaboración, facultando al P.E. a determinar la nómina de bienes comprendidos.