Septiembre 10, 2020

DGI - Prórroga de vencimientos

Sujetos comprendidos

Se encuentran incluidos en esta prórroga los sujetos pasivos de los grupos CEDE y NO CEDE de la Dirección General Impositiva, excepto los gestionados por la División Grandes Contribuyentes, cuando hayan tenido ingresos, servicios y otras rentas brutas totales en el ejercicio anterior inferiores a 6:000.000 Unidades Indexadas.

Cotización de la Unidad Indexada correspondiente al cierre del ejercicio anterior.

Obligaciones comprendidas

  • los pagos a cuenta del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) a que refieren los artículos 165 y 170 del Decreto N° 150/007 de 26 de abril de 2007
  • los pagos a cuenta del Impuesto al Patrimonio previstos en el segundo inciso del artículo 5 del Decreto N° 30/015 de 16/01/15
  • los pagos a cuenta del Impuesto de Control de las Sociedades Anónimas (ICOSA) previstos en el artículo 9 del Decreto N° 450/002 de 20 de noviembre de 2002.

No están comprendidas en esta prórroga:

  • las obligaciones correspondientes al mes de cargo Junio ya prorrogadas por resolución 1251/020 DE 16/07/20, cuyo vencimiento se verifica en el mes de Septiembre - VER INFORME

Prórroga

Los sujetos pasivos comprendidos podrán abonar las obligaciones mencionadas, correspondientes al mes de Agosto de 2020 en el mes de Noviembre de 2020 de acuerdo al calendario general de vencimientos de dichos meses, correspondiente a cada sujeto pasivo.

Vencimientos previstos para el mes de Noviembre de acuerdo a la Resolución 4310/019 de 18/12/19

Mes  NO CEDE CEDE
Noviembre 25 de noviembre 23 de noviembre

 

Archivos asociados a este informe
Resolución 1626/020 de 8/09/2020
| (Documento - 72,7 KB)
Comentarios

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