Abril 25, 2016

Construcción de estacionamientos - Promoción

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Estacionamientos en zonas prioritarias - Promoción


Mediante Decreto 110/016 de 18/04/16, al amparo de la Ley 16.906 de 07/01/98 (Ley de Inversiones) el Poder Ejecutivo declaró promovidas las actividades de construcción, ampliación y explotación de estacionamientos en las zonas de Montevideo declaradas prioritarias por el artículo 6º del Decreto mencionado.

Proyecto de inversión

Las entidades titulares de las actividades promovidas deberán presentar ante la COMAP un proyecto de inversión que detalle el monto y el cronograma de inversiones. Como mínimo se deben crear 50 nuevas plazas vehiculares.

Importación

Se exonera de todo tributo y recargo, incluyendo el IVA, a la importación de equipos, máquinas y materiales destinados a integrar directamente el costo de la inversión promovida, siempre que hayan sido declarados no competitivos con la industria nacional.

Crédito de IVA

Se otorga a la entidad cuyo proyecto haya sido declarado promovido, un crédito por el IVA incluido en las adquisiciones de equipos, máquinas y materiales destinados a integrar el costo de la inversión promovida

Exoneración de IRAE

Se exonera de IRAE a las rentas originadas en las actividades promovidas hasta un monto equivalente al 20% de la inversión elegible que se haya ejecutado, el monto exonerado no podrá superar el 60% del impuesto a pagar en los ejercicios comprendidos en el período exonerado, el cual tendrá un máximo de diez años.

Exoneración de Impuesto al Patrimonio

Las bienes muebles afectados a la actividad promovida estarán exonerados del Impuesto al Patrimonio por toda su vida útil.

En los caso de los inmuebles, la exoneración comprende las obras civiles realizadas por el término de ocho años. Dichos activos se considerarán gravados a efectos del cómputo de pasivos.

Archivos asociados a este informe
Decreto 110/16 de 18/04/16 - Construcción de estacionamientos (Versión Presidencia)
| (Documento - 660,4 KB)
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