Diciembre 16, 2019

AIN - Calendario para el Registro de Estados Contables

 

PLAZO PARA EL REGISTRO DE ESTADOS CONTABLES

180 días corridos del cierre de ejercicio económico

 

Cierre del Ejercico Económico      Vencimiento  
30/06/2019  27/12/2019
31/07/2019 27/01/2020
30/08/2019 27/02/2020
30/09/2019 28/03/2020
31/10/2019 05/05/2020
30/11/2019 04/06/2020
31/12/2019 05/07/2020
31/01/2020 05/08/2020
29/02/2020 30/09/2020
31/03/2020 04/10/2020
30/04/2020 27/10/2020
31/05/2020 27/11/2020
30/06/2020 27/12/2020

 

Sanciones

  • Multa

El incumplimiento del deber de registrar los estados contables en plazo dará lugar a la imposición, por parte de la Auditoría Interna de la Nación, de las siguientes multas:

a) Multa de 2.000 (dos mil) Unidades Indexadas.

b) En caso de reinterarse el incumplimiento en un período de cinco años calendario, se aplicará una multa de 3.000 (tres mil) Unidades Indexadas, que no será acumulable con la establecida en a).

  • Suspensión del Certificado Anual de la DGI

Una vez notificado el acto de imposición de la multa, la AIN comunicará a la Dirección General Impositiva, la nómina de aquellos obligados que omitieron registrar sus estados contables, a los efectos de la suspensión de la vigencia del certificado anual.

Comentarios

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