Abril 25, 2017

BPS - Aporte Unificado de la Construcción - Modificación

 

Mediante Decreto 110/007  firmado el 24 de abril de 2017 y publicado el 02/05/17, se incrementó en 0,6% puntos porcentuales la cuota parte del Aporte Unificado de la Construcción correspondiente a las cargas salariales, a los efectos de financiar la licencia por antigüedad.

En el caso de los trabajadores de la construcción comprendidos en el ámbito de aplicación del Decreto-Ley 14.411 de 07/08/75, el BPS computa para el cálculo de la licencia por antigüedad, todos los períodos laborados en las actividades alcanzadas por dicha normativa, con independencia de que hayan sido prestados por diferentes empleadores, siempre que entre la desvinculación con una empresa y la vinculación con otra no hayan mediado actividades ajenas a ese giro.

La vigencia del Decreto 110/007 de 24/04/17 será a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de su publicación, que se efectuó el 2 de mayo de 2017 en el Diario Oficial. 

 

Concepto Tasa
Contribuciones especiales patronales 9%
Contribuciones especiales personales 17,9%
Cargas salariales 29,5%
Seguro Nacional de Salud 9% *
Banco de Seguros 6%
Total Aporte Unificado de la Construcción 71,4%
Caja de Profesionales Universitarios 4%
TOTAL 75,4%


* Seguro Nacional de Salud: 5,5% patronal y 3,5% obrero.

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Decreto de 24 de abril de 2017 (Aporte Unificado de la Construcción) - Versión Presidencia
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