Octubre 03, 2018

Exoneración de IVA a la carne de cerdo con hueso

 

Decreto 311/018 de 1º de octubre de 2018 (Publicado: Diario Oficial el 05/10/2018)

Visto: lo dispuesto en el literal Ñ del apartado 1) del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996.
Resultando: I) que dicha norma faculta al Poder Ejecutivo a exonerar del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne de cerdo.
II) que de acuerdo a lo establecido en el Decreto 114/015 de 27 de abril de 2015, la exoneración del referido impuesto aplicable a dicha carne se encontró vigente hasta el 30 de junio de 2015 y no se volvió a prorrogar.
Considerando: que dado que el sector atraviesa dificultades de carácter coyuntural resulta conveniente hacer uso de la referida facultad con carácter excepcional y transitorio.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 168 de la Constitución de la República,

El Presidente de la República

DECRETA:

Artículo 1º  Exonérase del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne de cerdo con hueso en estado fresco, congelada o enfriada, desde la publicación del presente Decreto hasta el 15 de diciembre de 2018.

Artículo 2º Comuníquese, etc.

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